ANUNCIO CONCESIÓN BARRAS DE FERIA 2022
Visto que la convocatoria para la concesión de la explotación de la barra de la feria de noche durante la celebración de las ferias de julio y septiembre 2022 quedó desierta y que la celebración de la misma será entre los días 22 y 26 de Julio, se abre nueva convocatoria con las siguientes condiciones:
1.- DURACIÓN DEL CONTRATO:
El período de duración de la concesión se fija en los días coincidentes con los días de la celebración de las Ferias 2022:
Feria Julio 2022 de noche.
Feria de Septiembre 2022 de noche.
2.- PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN.
Se otorgará la concesión a la mejor propuesta económica.
3. PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN:
Las proposiciones para tomar parte en la presente licitación se presentarán en el Registro general del Ayuntamiento, hasta el día 14 de julio a las 14:00 en sobre cerrado, en cuyo anverso figurará la siguiente inscripción:
“PROPOSICIÓN PARA TOMAR PARTE EN LA CONCESIÓN DE LA BARRA PARA LA CELEBRACIÓN DE LAS FERIAS DE NOCHE DE JULIO Y SEPTIEMBRE 2022.”
El sobre deberá contener la siguiente documentación:
- Los concursantes deberán acreditar su personalidad, (DNI;CIF;NIF….)
- Proposición firmada por el proponente o por el que actúe en su nombre.
- Declaración responsable de no hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones para Contratar, y de hallarse al corriente con las obligaciones Tributarias y con la Seguridad Social (si fuese el caso).
- Aceptación plena y expresa del Pliego de Condiciones que rigen la presente licitación, así como de cuantas obligaciones se deriven del mismo.
- Lugar, fecha y firma. Será de obligado cumplimiento la Normativa vigente en materia de Expedición de Tabaco y Alcohol a menores. No podrán fijarse suplementos por atender en mesa dado el carácter público de las mismas.
4.-RESPONSABILIDAD:
Los adjudicatarios serán responsables del buen orden y limpieza de su espacio de barra aledaños. El adjudicatario será el único responsable del precio de salarios y Seguros Sociales del Personal que trabaja a sus órdenes, en su caso si lo hubiese. Será de cuenta del adjudicatario las indemnizaciones a terceros, a que diere lugar los actos cometidos por él o sus empleados en la explotación de la barra. El adjudicatario o los trabajadores a su cargo, si los hubiere, deberán cumplir las condiciones en materia sanitaria exigidas por la Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía.